A- de 2018
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Sergio Felipe Clavijo Gomez·Demandado Empresa Eterna S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia del superior funcional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre los Juzgados Diez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad y Sexto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá.
La controversia se generó en torno a la competencia para decidir la impugnación formulada contra la sentencia proferida por el Juzgado Cuarenta y Dos Penal Municipal con Función de Control de Garantías del Distrito Capital.
Se dirime el conflicto con la remisión del expediente al Juzgado Sexto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá, para que de manera inmediata desate el recurso de alzada presentado.
Se hace una advertencia a este despacho para que en adelante observe estrictamente la jurisprudencia de la Corte Constitucional en relación con los criterios que determinan la competencia en materia de tutela.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 17 de enero de 2018 proferido por Juzgado 6 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá D.C., dentro de la acción de tutela formulada por Sergio Felipe Clavijo Gómez, en contra la empresa ETERNA S.A.
- Segundo. REMITIR al Juzgado 6 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá D.C., el expediente ICC-3230, que contiene la acción de tutela presentada por Sergio Felipe Clavijo Gómez, para que, de manera inmediata, tramite y decida la impugnación presentada.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado 6 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá D.C., para que, en adelante, observe estrictamente la jurisprudencia de esta Corporación en relación con los criterios que determinan la competencia en materia de tutela.
- Cuarto. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR a las partes y al Juzgado 10 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá D.C., la decisión adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.